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El ámbito
de aplicación de la Ley engloba parte de las vegas de los cursos
bajos del Manzanares y Jarama, los cantiles que las rodean, las
cuestas yesíferas del sur de Madrid, las vertientes terciarias de
campos cerealistas y olivares al este de Pinto y Getafe, así como
zonas de plataforma caliza con desarrollo de encinares y coscojares
que se extienden por toda la parte superior de la vertiente izquierda
del Jarama. En el territorio implicado se entremezclan los usos
agrícolas, forestales, residenciales, mineros, industriales, de
reserva ecológica y ocio. El Parque ha contado con un servicio de
conservación que ha realizado labores de recuperación y restauración,
trabajos de limpieza y eliminación de elementos perturbadores, y
se ha encargado del establecimiento de itinerarios y de la conservación
y mejora de áreas recreativas.
En 1997 se completó el proceso de elaboración del Plan de Ordenación
de los Recursos Naturales (PORN) y la constitución de la Junta Rectora.
El PORN ha sido aprobado por Decreto del Consejero, el 11 de febrero
de 1999.
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