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El espacio
constituido por el curso medio del río Guadarrama, desde Galapagar
hasta el límite con Castilla La Mancha, concurren una serie de singularidades
por sus características paisajísticas, geológicas, geomorfológicas,
hidrográficas, botánicas y faunísticas que merecen ser objeto de
una protección especial. La presión y amenazas de transformación
(urbanísticas, extractivas, etc.) que pesan sobre las diferentes
unidades ambientales existentes en torno a este tramo del río, hacen
necesario el establecimiento de un régimen de protección preventiva
que evite su deterioro y destrucción.
En 1997 se ha completado la redacción del Plan de Ordenación delos
Recursos Naturales. Durante 1998 se ha sometido a los procesos de
información y participación pública, para darse su aprobación definitiva
el 11 de febrero de 1999 por Decreto del Consejero de Gobierno.
Por último, el 14 de abril de 1999, la Asamblea de Madrid aprobó
la Ley de Declaración del Parque Regional, incrementando en más
de 4.000 Ha. la superficie propuesta por el PORN para formar parte
del Parque.
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